**El modelo busca que la víctima tenga voz y quien cometió un delito entienda el daño que provocó.
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**En este año se han iniciado más de 210 casos y concluido aproximadamente 215.
Por: Redacción.
Toluca, EdoMéx.-“El momento en que no me detuve a pensarlo, lo estoy pagando pensándolo todos los días” fue la reflexión-en un proceso de Justicia Restaurativa- de una persona sentenciada, frase que, para Israel Cepeda López, mediador conciliador del Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, resume lo que busca este modelo: quien cometió un delito no solo enfrente una consecuencia legal, sino que entienda el daño que provocó, asuma su responsabilidad y encuentre una forma de repararlo.
La Justicia Restaurativa para adultos puede entrar en acción desde que se denuncia un delito ante la Fiscalía, durante la etapa de investigación y continuar en la investigación complementaria ante el juzgado de Control. En esta primera fase únicamente aplica para delitos culposos y cuando las partes llegan a un acuerdo reparatorio, el procedimiento puede concluir por esta vía antes del auto de vinculación a proceso. Entre los casos más frecuentes están las lesiones, los daños a vehículos y los robos sin violencia.
El trabajo no consiste en obligar a alguien a reconocer una culpa de un día para otro. Cepeda López, mediador del Centro MASC del Poder Judicial del Estado de México explicó que muchas personas llegan diciendo que no fue su intención o que se trató de un accidente, por lo que durante las sesiones se revisa qué decisiones pudieron evitar el resultado y qué consecuencias tuvieron. La idea es pasar del “no quise hacerlo” a entender que también existe responsabilidad por no haber tomado las precauciones necesarias.
Para que este mecanismo funcione, ambas partes deben participar de manera voluntaria y bajo principios como confidencialidad, neutralidad, imparcialidad, equidad, legalidad, honestidad, oralidad y consentimiento informado. La víctima decide si quiere intervenir y puede expresar qué considera justo para reparar el daño. Si no desea participar el procedimiento no puede realizarse. Además, la reparación no necesariamente es económica, también puede atender afectaciones emocionales, familiares o morales.
En la etapa de ejecución de sentencia, el alcance cambia, ya que la Justicia Restaurativa puede aplicarse a todos los delitos para trabajar la reparación del daño, incluso en casos graves. Sin embargo, participar en estas sesiones no significa queuna persona privada de la libertad salga de prisión. El proceso puede formar parte de los elementos que se consideran cuando se busca algún beneficio establecido por la ley, además de contribuir a que comprenda las consecuencias de sus actos antes de regresar a la sociedad.
Estos procedimientos no tienen una duración fija. Algunos pueden resolverse en uno o dos meses, mientras que otros requieren mucho más tiempo. Cepeda López recordó un caso iniciado en 2024, en el que un hombre asesinó a su esposa y su hija quedó como ofendida. Al no contar con recursos para cubrir una reparación económica, las sesiones se enfocaron también en el daño emocional. Con el paso del tiempo, la joven dejó de sentirse responsable por la situación de su padre y pudo reconocer que ella también había sido afectada por la pérdida de su madre.
Otro de los objetivos es reducir el riesgo de reincidencia, al ayudar a que la persona sentenciada reflexione sobre lo ocurrido y las consecuencias que tendría repetir una conducta similar. Para Cepeda López, esta es una de las principales aportaciones del modelo, que alguien pueda detenerse a pensar, aunque sea después del delito, en aquello que pudo haber hecho distinto.
En lo que va del año, se han iniciado más de 210 casos de Justicia Restaurativa en adultos y concluido aproximadamente 215. Más que buscar únicamente cerrar un expediente, este mecanismo pretende que la víctima tenga voz, que el responsable comprenda el impacto de sus acciones y que ambos puedan encontrar, dentro de las posibilidades legales, una forma de avanzar después del delito.