En el artículo Artículo 23 de la Ley General para el control del Tabaco, del Diario Oficial de la Federación, quedo asentada esta prohibición.
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Por redacción:
Valle de Méx.- Fue publicado un Decreto en el Diario Oficial de la Federación, de acuerdo con reformas a la Ley General para el control del Tabaco que definen cuáles son los espacios 100 por ciento libres de humo de cigarro; que a partir de este viernes 18 de febrero queda prohibida en México la publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco en medios de comunicación en forma directa o indirecta.
“Queda prohibido realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación que pretenda posicionar los elementos de la marca de éstos, que fomente la compra, el consumo o preferencia por parte de la población”, así se puede leer en el artículo Artículo 23 de la Ley General para el control del Tabaco.
En estas reformas que a partir de este viernes se aplicarán, se establecen como espacios 100 por ciento libres de humo de cigarro los centros de trabajo, escuelas, áreas de acceso público, instalaciones deportivas, entretenimiento y en el transporte.
De igual manera en las reformas se indica que en los lugares de trabajos públicos o privados podrán existir zonas exclusivamente para fumar, las cuales deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre de conformidad con las disposiciones que establezca la Secretaría de Salud.