
Este 7 de junio, ‘Día de la Libertad de Expresión’, será la primera conmemoración sin que se penalice cualquier expresión, directa o indirecta, o toda acción ejecutada contra alguna persona servidora pública, estatal o municipal, o contra instituciones públicas, que pudiera implicar ofensa o desprecio.
*En febrero de 2025 el Poder Legislativo abrogó del Código Penal el delito de ultrajes, acción que se castigaba con hasta dos años de prisión.
Redacción
Toluca, Méx. – Siendo parte de las transformaciones impulsadas en el estado de México desde los poderes Legislativo y Ejecutivo, este será el primer año en la historia reciente de la entidad en el que el ‘Día de la Libertad de Expresión’ (7 de junio) se celebre sin una limitación a este derecho, debido a que la LXII Legislatura mexiquense aprobó la eliminación del delito de ultrajes el pasado 6 de febrero.
Cabe decir que, de acuerdo con las iniciativas del Grupo Parlamentario de MC, y de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, la derogación de este delito evita restringir, de manera desproporcionada, la libertad de expresión, pues criminalizaba la crítica hacia las personas servidoras o instituciones públicas.
Se preservan y fortalecen los derechos humanos y la libre expresión, al eliminar las sanciones de hasta dos años de prisión para quien ejecutara ultrajes contra instituciones públicas, y de hasta un año de prisión para quien los cometiera en contra de una persona servidora pública.
Es importante mencionar que, por esta reforma, los poderes Legislativo y Ejecutivo fueron reconocidos por la oficina en México del alto comisionado de la ONU (Organización de las Naciones Unidas) para los Derechos Humanos, pues, a través de su cuenta de la red social X (@ONUDHmexico), se señaló que cumple con las recomendaciones internacionales en derechos humanos y libertad de expresión.
“Saludamos este avance del @legismex y reconocemos a las instancias que lo impulsaron, incluido el Mecanismo de Protección del #Edomex, @CJ_Edomex y la Gobernadora @delfinagomeza”, se publicó en la cuenta el 6 de febrero.
De igual manera, llamaron a las entidades del país que aún mantienen delitos contra el honor a derogarlos, pues suelen usarse para criminalizar a periodistas y a personas defensoras de Derechos Humanos.
Esta aprobación es acorde con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que declaró, en febrero de 2022, inconstitucional esta figura en referencia al Código Penal del Estado de Veracruz, por considerar que coarta la libertad de expresión y el derecho a la crítica, y no cumple con los principios de legalidad y seguridad jurídica.
En México la Constitución federal garantiza este derecho, que implica la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas sin censura previa, lo que quiere decir que ningún gobierno puede controlar la información antes de que sea publicada o difundida, así como la importancia de proteger a personas periodistas y defensoras de derechos humanos, así como su labor.
Es importante indicar que, en la entidad, el ultraje era considerado un delito que se definía como toda expresión, directa o indirecta, o toda acción ejecutada contra alguna persona servidora pública, estatal o municipal, o contra instituciones públicas, que pudiera implicar ofensa o desprecio.
