Ciudad de México.-Este martes 12 de enero fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el reglamento sobre el uso medicinal del cannabis y sus derivados farmacéuticos.
En el reglamento establece que los interesados en realizar las investigaciones sobre un uso medicinal del cannabis o marihuana deberán obtener de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), la autorización del Protocolo de Investigación.
Los permisos de siembra de cannabis para fines de investigación y fabricación de productos terapéuticos y medicinales deberán tramitarse ante el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica).
Se establecen los requisitos para obtener permisos de importación de materia prima, así como de medicamentos de Cannabis y sus derivados farmacológicos.
En este documento fue elaborado, después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenara el 14 de agosto de 2019 a la Secretaría de Salud reglamentar el uso medicinal del cannabis o la marihuana.
Esto se determino luego de otorgar un amparo a una persona que requería un medicamento derivado de esta planta para tratar su salud, pero no podía acceder al mismo, pues aunque ya se permitía el uso farmacéutico del cannabis, no existía reglamentación al respecto.
En tanto para la prescripción de medicamentos de cannabis, los médicos o profesionales de la salud deberán solicitar una autorización ante la Cofepris y de esa forma obtendrán las claves en un código de barras.
Mientras que los médicos deberán acreditarse como profesionales en alguna de las ramas que indica el artículo 240 de la Ley General de Salud.
Cabe decir que para recetar este tipo de productos a base de marihuana, se hará mediante recetarios especiales que deberán contener diversos datos, entre estos el folio y clave expresada en código de barras.