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Por: Lic. Laura Bejarano Arévalo Colaboradora de Cadena & Asociados Abogados.
Una persona migrante es la que cambia su lugar de residencia habitual y se traslada de un país a otro durante un período de tiempo determinado, ya sea de forma temporal o definitiva. La ley de migración de los Estados Unidos Mexicanos lo define como un “individuo que sale, transita o llega al territorio de un Estado distinto al de su residencia por cualquier tipo de motivación.”
Derivado de lo anterior se determina que uno de los obstáculos primordiales para que las personas migrantes puedan ejercer sus derechos es la discriminación debido a que se consideran vulnerables al residir en un país del cual no pertenece su nacionalidad, por ende, no pueden expresarse de cierta manera por miedo a que se les niegue la libertad o sus derechos, sin embargo la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el principio de igualdad y prohíbe la discriminación por motivos de origen étnico, nacional, género, edad, discapacidad, condición social, religión, orientación sexual, entre otros.
Del mismo modo tanto el derecho migratorio como la no discriminación están de cierta manera conectados ya que se deben respetar los principios de igualdad y no discriminación.
Las leyes migratorias deben en todo momento garantizar la igualdad de trato y las oportunidades para las personas migrantes, ya que al no hacerlo y discriminar a ciertos grupos estarían contrariando los principios fundamentales de los derechos humanos, no obstante, en la actualidad siguen existiendo desafíos en la aplicación de estas protecciones debido a que siguen desarrollándose casos de discriminación y más hacia países que se encuentran en situaciones vulnerables.
Lic. Laura Bejarano Arévalo
Colaboradora de Péndulo Online y
Cadena & Asociados Abogados.